ASESORAMIENTO
1. El exportador detecta una oportunidad de negocio.
Desde el momento en que su empresa identifica una posible operación de exportación, puede dirigirse a CESCE para conocer las posibilidades de cobertura. No hace falta esperar a que el contrato esté firmado podrá realizar una consulta a Cesce sobre las condiciones de cobertura y el precio del seguro dirgiéndose al Responsable de Cesce.
TRAMITACIÓN Y DECISIÓN
2. El EXPORTADOR solicita cobertura bajo la Póliza de Crédito Suministrador.
Para solicitar la cobertura, cumplimente el
formulario de solicitud adjunto así como la
declaración de cumplimiento del Convenio Anticorrupción de la OCDE y envíelos por correo electrónico a
cuentadelestado@cesce.es.
3. CESCE tramita la solicitud y responde al exportador.
CESCE estudiará la solicitud. Si tras el estudio se acepta la cobertura de la operación en los términos planteados, CESCE emitirá una oferta vinculante por la que se compromete a cubrir la operación en los términos aprobados. La oferta de cobertura se mantendrá vigente durante un periodo determinado. En caso de que no se apruebe la cobertura en los términos solicitados, CESCE comunicará al exportador su decisión por escrito
FORMALIZACIÓN POLIZA
4. El EXPORTADOR firma la póliza y la envía a CESCE.
Una vez recibida la póliza, el exportador la devuelve a CESCE debidamente firmada. Este extremo es requisito indispensable para la perfección del contrato de seguro.
5. El EXPORTADOR paga la prima. El exportador abonará el importe de la prima indicado en la póliza, en la forma y plazo establecidos en la misma. De nuevo, este extremo es requisito para la perfección del contrato de seguro.