ASESORAMIENTO
1. La ENTIDAD FINANCIERA recibe una solicitud de confirmación de un Crédito Documentario.
Desde ese momento puede dirigirse a CESCE para conocer las posibilidades de cobertura y el precio del seguro, poniéndose en contacto con el responsable de CESCE.
TRAMITACIÓN Y DECISIÓN
2. La ENTIDAD FINANCIERA remite a CESCE la solicitud de cobertura.
Para solicitar cobertura cumplimente el
formulario de solicitud adjunto y envíelo por correo electrónico a
cuentadelestado@cesce.es Para operaciones en las que el importe del contrato sea igual o superior a 600.000 euros, también debe enviar la
declaración de cumplimiento del Convenio Anticorrupción de la OCDE firmada por el exportador.
3. CESCE tramita la solicitud y responde a la Entidad financiera.
CESCE estudiará la solicitud. Si tras el estudio se acepta la cobertura de la operación en los términos planteados, CESCE emitirá una oferta/póliza vinculante por la que se compromete a cubrir la operación en los términos aprobados. La oferta de cobertura se mantendrá vigente durante un periodo de tiempo determinado. En caso de que no se acepte la cobertura en los términos solicitados, CESCE comunicará a la Entidad confirmadora su decisión por escrito.
FORMALIZACIÓN POLIZA
4.La ENTIDAD FINANCIERA firma la póliza y la envía a CESCE.
Una vez recibida la oferta/póliza, la Entidad confirmadora la devuelve a CESCE debidamente firmada. Este extremo es requisito indispensable para la perfección del contrato de seguro.
5. La ENTIDAD FINANCIERA paga la prima.
La Entidad confirmante abonará el importe de la prima indicado en la póliza, en la forma y plazos establecidos en la misma. De nuevo este extremo es requisito para la puesta en vigor de la Póliza de Seguro.