ASESORAMIENTO
1. El exportador detecta una oportunidad de negocio.
Desde el momento en que su empresa identifica una posible operación de exportación, puede dirigirse a CESCE para conocer las posibilidades de cobertura. No hace falta esperar a que el contrato esté firmado. Tampoco es necesario esperar a que le haya sido concedido el crédito de prefinanciación o de financiación.
2. El Banco Financiador solicita cobertura bajo la Póliza de Garantías Bancarias.
Para solicitar la cobertura, cumplimente el
formulario de solicitud adjunto y envíelo por correo electrónico a
cuentadelestado@cesce.es TRAMITACIÓN
3. CESCE tramita la solicitud y responde al Banco Financiador.
CESCE estudiará la solicitud. Si tras el estudio se acepta la cobertura de la operación en los términos planteados, CESCE emitirá una oferta vinculante por la que se compromete a cubrir la operación en los términos aprobados. La oferta de cobertura se mantendrá vigente durante un periodo determinado. En caso de que no se acepte la cobertura en los términos solicitados, CESCE comunicará al Banco Financiador su decisión por escrito.
4. El Banco Financiador firma la oferta de condiciones y envía la documentación.
El Banco Financiador debe adjuntar la oferta de condiciones, debidamente firmada en señal de aceptación, así como una copia del contrato comercial o de la factura proforma firmados.También debe enviar la
declaración firmada por el exportador de cumplimiento del Convenio Anticorrupción de la OCDE.
DECISIÓN
5. CESCE envía la póliza al Banco Financiador.
Tras haber recibido la oferta de condiciones en vigor y firmada por el Banco Financiador, así como la copia del contrato comercial o de la factura proforma, CESCE envía directamente la póliza de seguro.
6. El exportador firma el acta de compromiso.
Requisito para la perfección del contrato de seguro.
El exportador se compromete, mediante la firma del acta de compromiso, a restituir a CESCE cualquier indemnización efectuada, en caso de que el siniestro sea imputable a un incumplimiento por su parte.
7. El Banco Financiador firma la póliza y la envía a CESCE.
Requisito para la perfección del contrato de seguro.
El Banco Financiador devuelve a CESCE la póliza debidamente firmada, junto con el acta de compromiso firmado por el exportador y el justificante del abono de prima.
8. El Banco Financiador paga la prima.
Requisito para la perfección del contrato de seguro.
El Banco Financiador abonará el importe de la prima indicado en la póliza, dentro del plazo establecido en la misma.
9. CESCE formaliza la póliza y envía el ejemplar al Banco Financiador
Requisito para la perfección del contrato de seguro.
Cumplimentados los trámites necesarios, CESCE firma la póliza, previamente firmada por el asegurado, y remite a éste su ejemplar, junto con el recibo de prima.