11 dic 2018

Consejos de fin de año para una Renta 2018 más liviana

El Registro de Economistas Asesores Fiscales (REAF) ha publicado su tradicional lista de recomendaciones a tener en cuenta antes de que acabe el ejercicio para planificar la próxima campaña de la Renta

  Como todos los años, los fiscalistas del Registro de Economistas Asesores Fiscales (REAF) han aprovechado sus jornadas tributarias para dar a empresarios y trabajadores una serie de consejos para una Renta 2018 más liviana antes de que termine el año. Éstas son las más destacadas:

PRESTACIONES E INDEMNIZACIONES

Si durante 2018 se ha percibido prestación por maternidad o paternidad, no debe imputarse como rendimiento de trabajo. Y si en ejercicios no prescritos (de 2014 en adelante) incluyó en su declaración del IRPF este tipo de prestaciones, ya se puede solicitar la rectificación de las autoliquidaciones y la devolución de ingresos indebidos en la web que la Agencia Tributaria ha habilitado para ello. Por otra parte, si se han recibido indemnizaciones por haber sufrido daños personales (morales, físicos o psíquicos), no se tributará por la cuantía legal o judicialmente reconocida para estos daños, aunque con algunos matices que se deben consultar. Ejemplos de este caso serían negligencias médicas, casos de accidentes de circulación o de discriminación sexual.

INTERESES DE DEMORA

No es necesario tributar por los intereses de demora por retraso en el pago de indemnizaciones exentas. Si alguna empresa ha pagado impuestos por ello en las declaraciones no prescritas, se podrá solicitar la rectificación de la autoliquidación y la devolución de ingresos indebidos.

ATENCIÓN A CLIENTES Y PROVEEDORES

Son deducibles los gastos generados por atención a clientes y proveedores, conforme al criterio general de gastos regulado en el Impuesto sobre Sociedades. Es decir, han de estar contabilizados, justificados, correlacionados con los ingresos y que no se consideren liberalidades. Sólo se podrá deducir por este concepto, como máximo, un importe anual del 1% del importe neto de la cifra de negocios.

GUARDAR JUSTIFICANTES

Si la empresa está compensando a sus empleados por dietas y gastos de viaje, que están exceptuados de gravamen, éstos deberían quedarse con los justificantes. Principalmente con aquellos relacionados con estancias, transporte público, parking y peajes. Por otra parte, es importante quedarse con comprobantes de grandes ingresos en cuenta bancaria o si se adquiere un elemento patrimonial por un importe elevado. La Agencia Tributaria podría solicitarlos para refutar que se corresponde con la renta y patrimonio declarados. Es conveniente ya que si no hay documentos, se le liquidará en el IRPF esa ganancia no justificada.

TRABAJO DESDE CASA

Aquellos empresarios y profesionales autónomos que trabajan desde casa van a poder deducirse gastos de suministros: agua, electricidad, gas, telefonía e internet. Siempre sobre la parte del gasto que corresponda a los metros cuadrados que proporcionalmente dediquen a su actividad, en torno a un 30%. También podrán deducirse, con límites, los gastos de manutención realizados en el desarrollo de su actividad si se producen en establecimientos de restauración y hostelería fuera de la ciudad en la que se encuentre su sede y si se abonan con tarjeta.

TRABAJO EN EL EXTRANJERO

Si durante 2018 ha sido residente y ha trabajado fuera de España no tendrá que declarar la totalidad del sueldo percibido. La parte correspondiente a los días trabajados en el extranjero está exenta, con un límite máximo de 60.100 euros. Este punto se aplica siempre que los territorios en que se realicen los trabajos no sean paraísos fiscales y que en ellos se aplique un impuesto de naturaleza similar a nuestro IRPF o que exista un convenio para evitar la doble imposición. Esta exención es compatible con el régimen de dietas y asignaciones de viaje, pero no lo es con el régimen de excesos. Por otra parte, si el trabajador permanece más de nueve meses en el mismo municipio, no se podrá aplicar el régimen de dietas. De esta manera, interesaría más aplicar el régimen de excesos en lugar del de expatriados.

MECANISMOS CLÁSICOS

Es posible amortizar un préstamo si puede aplicar la deducción por adquisición de vivienda. O jugar a compensar pérdidas y ganancias de transmisiones. O aportar a sistemas de previsión social, como planes de pensiones, para reducir su base hasta en 8.000 euros. En este sentido debe recordar que, si se jubiló en 2016 o en 2010 y anteriores, el 31 de diciembre termina el plazo para rescatar en forma de capital, con reducción del 40%, las prestaciones correspondientes a las aportaciones efectuadas antes de 2007.
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