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CALCULADORA PORCENTAJES E IMPORTES MÁXIMOS DE CRÉDITO A ASEGURAR

Calculadora de importes máximos de crédito a asegurar

(Operaciones de crédito sujetas al Consenso de la OCDE)

IMPORTANTE: este programa permite hacer cálculos estimativos, fijándose los definitivos caso por caso, en función de posibles excepciones que pudieran aplicar a cada operación.

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País

Bienes y/o Servicios Españoles
Bienes y/o Serv. de Tercer País
Gastos Locales
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Regla General (50%) Pymes y verdes (30%)
CATEGORÍA I
Según definición del Consenso OCDE, son los países de la OCDE de renta alta
CATEGORÍA II
Según definición del Consenso OCDE, son el resto de países

En cumplimiento del Consenso de la OCDE, el límite general para cualquier financiación es el 85% de los bienes y servicios exportados más el 100% los gastos locales, siempre y cuando estos no superen el 50% de los bienes y servicios exportados, si el país al que se exporta está clasificado en Categoría II, o el 40%, si es un país en Categoría I. Adicionalmente a todo lo anterior, se puede financiar hasta el 100% de la prima de CESCE y de los intereses de utilización capitalizados, previa autorización de la Compañía.

Como regla general, el contenido nacional incluido dentro del contrato ha de suponer al menos un 50% del principal del crédito cubierto. Como excepción a esta regla, si el exportador español es una PYME o si la operación de internacionalización involucra un proyecto "verde", el requisito de contenido nacional se reduce al 30%. Se considera proyecto "verde" todo aquél que cumpla la taxonomía de la UE o que sea elegible a los términos definidos en el Anejo IV del Consenso de la OCDE . Excepcionalmente, se aplicará también el requisito del 30% en proyectos de especial interés para la internacionalización de la economía española o el empleo en España (interés que deberá estar debidamente justificado y será valorado caso a caso)

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