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Seguro de Crédito a la Exportación

Definición de qué es y para qué sirve

¿Qué es el seguro de crédito a la exportación?

 

El seguro de crédito a la exportación ofrece cobertura a los intervinientes en operaciones de comercio internacional, tanto empresas exportadoras o inversoras como bancos, frente a los riesgos políticos, comerciales y extraordinarios asociados a la actividad internacional. De esta forma, sirve para asegurar operaciones comerciales.

Las distintas modalidades de seguro a la exportación amparan frente a riesgos tales como el impago de un crédito o pago aplazado por parte del comprador o deudor extranjero, la ejecución indebida de un aval, la imposibilidad de llevar a cabo un contrato debido a una situación de violencia política, etc

La cobertura de estos riesgos favorece la internacionalización de las empresas españolas ya que permite a los exportadores y a sus financiadores o avalistas salir al mercado con mayor seguridad.

Para proteger y asegurar las operaciones comerciales, el asegurado será suscrito por las entidades que intervienen en la financiación.


Productos de la póliza de crédito a la exportación

CESCE, actuando por cuenta del Estado, acompaña a las empresas cubriendo los riesgos que pueden derivarse de un contrato de exportación de bienes y servicios españoles o de un proyecto de inversión. Existen diferentes modalidades de seguro a la exportación, en función del contratante del seguro, las características de la operación y la naturaleza de los riesgos a cubrir.

Modalidades de seguro a la exportación en las que el Exportador es el asegurado:

  • Cobertura de avales: Cuando el exportador deba prestar alguna fianza derivada de un contrato de exportación ante un comprador extranjero o autoridades del país de destino, la póliza de Fianzas a Exportadores asegura al Exportador frente a los riesgos de ejecución indebida de las fianzas por parte del contratante extranjero con un porcentaje de cobertura del 99% de riesgos comerciales, políticos y extraordinarios.
  • Riesgo de impago o de resolución indebida de un contrato de exportación: A través de las Pólizas de Crédito Suministrador o de Obras, CESCE cubre al exportador tanto del posible impago de un contrato de exportación (o de obras en el extranjero), como del riesgo de la resolución anticipada del contrato, con un porcentaje de cobertura de hasta el 99% de los riesgos políticos y comerciales. A través de esta póliza se puede favorecer la obtención de financiación mediante el descuento de los derechos de cobro de un contrato, permitiendo la designación como beneficiario al banco que descuenta y transfiriéndole el derecho a percibir la indemnización en caso de impago.
  • Seguros de inversiones en el exterior: Los seguros de inversiones en el exterior ofrecen cobertura frente a los riesgos políticos derivados de las inversiones en el exterior mediante la creación de una empresa extranjera, la adquisición total o parcial de una empresa extranjera ya existente o la participación en la ampliación de capital de la empresa extranjera o en su dotación patrimonial.
  • Póliza de inversiones para inversores: La Póliza de Inversiones para Inversores cubre los riesgos de expropiación, confiscación, nacionalización o medidas equivalentes, así como los de violencia política, transferencia y falta de convertibilidad o incumplimiento de compromisos por parte de las autoridades y entidades públicas extranjeras.

Modalidades de seguro a la exportación en las que las entidades financieras son las aseguradas

  • Créditos de circulante: A través de la Póliza de Créditos de Circulante ofrece cobertura a las Entidades Financieras que otorgan un crédito a una empresa española para financiar sus contratos o proyectos de exportación o internacionalización.
  • Emisión de avales: A través de la Póliza de ejecución de avales CESCE ofrece cobertura para asegurar operaciones comerciales en las que el exportador deba prestar algún aval, derivado de un contrato de exportación, ante el comprador extranjero o autoridades del país. La póliza asegurar a la entidad financiera que emite el aval en nombre del exportador el riesgo de impago por parte de éste último en caso de ejecución del aval.
  • Financiación de inversiones en el exterior: A través de la Póliza de Inversores para Financiadores CESCE ofrece cobertura a los bancos que concedan un préstamo a la filial extranjera de una empresa española, en caso de impago de dicho préstamo como consecuencia del acaecimiento de un suceso de índole política.
  • Confirmación de créditos documentarios: A través de la Póliza de seguro de créditos documentarios, CESCE asegura a las entidades financieras, frente al riesgo de impago por parte del banco emisor extranjero. Esta cobertura de seguro se puede contratar operación a operación (póliza individual) o para carteras de operaciones con un país (póliza abierta).
  • Financiación al comprador extranjero: A través de la Póliza de Crédito Comprador ofrece cobertura a las entidades financieras que otorgan un crédito a un deudor extranjero para la adquisición de bienes y servicios españoles. Este seguro cubre al banco frente al riesgo de impago de dicho.


Requisitos y condiciones

Cada modalidad de seguro de exportación ofrece diferentes tipos de cobertura en función de las características de la operación comercial a asegurar, los riesgos a cubrir y el tomador del seguro, con el fin de apoyar las exportaciones y la internacionalización de las empresas españolas.

CESCE puede asistir y asesorar en todo el proceso, desde que se detecta la oportunidad de negocio o la consulta sobre las condiciones de cobertura hasta la tramitación final de la póliza que finalmente se contrata entre el exportador y la entidad financiera.


¿Qué riesgos cubre el seguro de crédito a la exportación?

Los tipos de riesgo cubiertos por el seguro de crédito a la exportación son diversos pero se agrupan en dos tipos principales:

  • Riesgos comerciales: Son los más habituales en la actividad empresarial y resultan/derivan en el impago del crédito por parte del comprador privado ya sea por insolvencia de hecho o de derecho.
  • Riesgos políticos y extraordinarios: Además del incumplimiento de la obligación de pago del crédito por parte del comprador público, se trata de ciertos acontecimientos que tengan lugar en el país, tales como guerras civiles, desastres naturales, sublevaciones, confiscaciones, prohibiciones a la importación o nuevas medidas gubernamentales y que produzcan un perjuicio económico al crédito.

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