08 mar 2011

¿Cómo cobro mis mercancías?

  ¿Cobraré o no cobraré? Esta duda, al más puro estilo Hamlet, surge cuando una empresa decide iniciar una aventura empresarial más allá de sus fronteras. Pero hay otras. Por ejemplo, ¿me pagarán en mi moneda habitual, o en la moneda del país de destino?; ¿puedo utilizar los medios de cobro habituales en mi país, o son medios diferentes? No existen medios de cobro internacionales específicos, y pueden utilizarse los mismos instrumentos que en el comercio interior. Aunque pueden existir algunas, aunque pequeñas, diferencias. Lo que no conviene olvidar son factores como confianza, fuerza comercial, riesgo país, legislación, costumbres, idiomas, divisa... Y que la transacción se haga con seguridad, a una velocidad adecuada, y a un coste objetivo.

1. Medios de cobro no documentarios

Son varios, entre ellos la transferencia. Se trata de un mandato que el ordenante de la misma, es decir, el importador, da a su banco para que envíe una determinada suma de dinero a la cuenta que el beneficiario, en este caso, el exportador, mantiene en su propio banco. Nada diferente a una transferencia habitual, con la única salvedad que se produce entre dos bancos situados en diferentes países. ¿Ventajas? Rapidez y flexibilidad. ¿Inconvenientes? No cubre el riesgo comercial de cobro. Es recomendable si hay máxima confianza, y su coste es bajo. También está la orden de pago simple (en la que el importador solicita de su banco que emita una orden de pago a favor del exportador), o la remesa simple, muy usada en la compra venta de mercancías. ¿Cuál es el riesgo para el exportador en este último caso? Que envía la mercancía antes de girar el documento financiero. Por tanto, y en el caso de impago, se encuentra en una posición poco favorable para recuperar dicha mercancía. Es conveniente saber que los documentos utilizados son la letra de cambio, el pagaré y el recibo, y que cualquier documento enviado para su cobro debe ir acompañado de una orden de cobro con instrucciones definidas. Además, las remesas simples pueden ser efectos de cobro contra pago, efectos para aceptar y guardar, y efectos para aceptar y devolver. ¿Ventajas? Surge a iniciativa del exportador. ¿Inconvenientes? El cobro no está cubierto por el banco. Por tanto, es recomendable si existe cierta confianza con el cliente.

2. Los cheques

Pueden utilizarse el cheque personal o el cheque bancario. El primero es un giro que hace el titular de una cuenta corriente, en este caso, el importador/librador contra la misma, a favor del exportador/tenedor, retirando todos o parte de los fondos que tiene depositados en poder el banco del importador, es decir, el librado. Mientras que el segundo es un mandato de pago emitado por el librador (el banco) que permite al mismo retirar todos o parte de los fondos que tiene disponibles en poder de un tercer banco (librado). Pueden ser emitidos a la orden, nominativos y al portador. La gran ventaja del cheque bancario es que, una recibido, el cobro está asegurado pero, por el contrario, hay riesgo de pérdida o falsificación. El cheque personal, por su parte, presenta inseguridad en la recepción y en el cobro.

3. Medios de cobro documentarios

Cuando para realizar un cobro es necesario el cumplimiento de unos requisitos acordados previamente, entonces hablamos de medios de pago documentarios. En este caso, el beneficiario debe acudir al banco designado por el ordenante y entrega la documentación exigida por él para obtener el cobro. ¡Ojo! El banco sólo pagará si se entrega la documentación completa en los plazos acordados. Asimismo, el banco no entregará la documentación al importador para que pueda retirar la mercancía del puerto si éste, previamente, no paga la adquisición. Dicho esto, conviene saber que son dos los medios de cobro documentarios usados habitualmente: el crédito documentario y la remesa documentaria. El primero es el que otorga mayor seguridad tanto al exportador como al importador de que se respetarán las condiciones contractuales. Es la herramienta más segura tanto para realizar el cobro como para proteger los intereses de las partes. Por su parte, la remesa documentaria requiere la inclusión de documentos comerciales, siendo optativo el envío de documentos financieros. Muy usada en la compraventa de mercancías.

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