03 abr 2022

Castillo supera la segunda moción de censura

El presidente Pedro Castillo ha superado una segunda moción de vacancia por presunta "incapacidad moral" el pasado 28 de marzo. Con 55 votos a favor, 54 en contra y 19 abstenciones, la moción fue rechazada al no alcanzarse las dos terceras partes de apoyos necesarios. La demanda incluía veinte puntos de acusación, entre los que figuraban denuncias de presunta corrupción, la designación de personajes polémicos en ministerios y altos cargos públicos, así como la supuesta falta de capacidad para ejercer la jefatura del Estado.

Durante su intervención, el presidente señaló que era consciente de sus errores, pero que no había “ningún hecho que se pueda calificar de “incapacidad moral permanente”. Lo cierto es que su legitimidad ha quedado todavía más deteriorada si cabe y todo apunta a que no logrará finalizar su mandato (julio de 2026). Tampoco ayuda que días después de la moción el Congreso haya forzado la dimisión del ministro de Salud, Hernán Condori, por promocionar la pseudociencia. El tiempo que Castillo permanezca en el poder estará marcado por el enfrentamiento con la oposición y la falta de acuerdos para aprobar cualquier tipo de reforma de calado. Una vez más, el inmovilismo es el escenario que caracteriza la agenda política del país.

El uso abusivo de la vacancia por incapacidad moral permanente

El fujimorismo ha hecho valer la mayoría que ha mantenido durante años en el Legislativo para limitar el margen de acción del Ejecutivo, imposibilitando la tarea de gobernar, cuando no ha intentado acabar con el mandato presidencial. Para ello ha hecho un uso abusivo e irregular de la “vacancia por incapacidad moral permanente”. Esta figura, contemplada en el artículo 113.2 de la Carta Magna, estaba ligada en los orígenes del constitucionalismo peruano a la condición mental del Presidente como elemento que imposibilitara su permanencia en el puesto. Sin embargo, durante el siglo XXI, ha sido utilizada al menos cinco veces contra Pedro Pablo Kuczynski, Manuel Vizcarra y Pedro Castillo. El mecanismo se ha distorsionado hasta tal punto que se ha convertido en un mero juego de suma de votos: parece más importante conseguir los 87 votos necesarios en el Parlamento, que esperar a que se presente una causa de tal gravedad que amerite una vacancia presidencial. Esta facilidad para poner fin al mandato de un presidente no es congruente con una democracia representativa. En estos términos se pronunció, el pasado 13 de diciembre de 2020, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), que expresó su preocupación “por la falta de definición objetiva de la figura de la vacancia presidencial por incapacidad moral (…) y su uso reiterado”, alertando de que ello pone en peligro los principios de separación de poderes y de sujeción al Estado de Derecho en el acceso al poder. La CIDH concluye que la falta de definición de esta figura puede conducir a que se aplique con un alto grado de discrecionalidad, dañino para la democracia y la gobernabilidad.

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