16 ene 2018

Beneficios para la pyme de la Ley de Contratos del Sector Público

El pasado 19 de Octubre, el Congreso aprobó la Ley de Contratos del Sector Público, que tiene como principal objetivo implantar el uso de la tramitación electrónica en todos los expedientes de licitación con los poderes públicos. Esta medida, destinada a incrementar los controles de morosidad y corrupción y a aumentar la transparencia, tendrá un impacto directo e inmediato en los contratos que se establecen con los distintos niveles de la Administración, y que mueven alrededor de 200.000 millones de euros cada año, alrededor del 20% del PIB. Según la hoja de ruta marcada desde Bruselas, la nueva legislación hace obligatorio el uso de las comunicaciones electrónicas en las distintas fases de los procedimientos de contratación pública (por ejemplo, en la publicación en Internet de los anuncios de licitación). También prevé la entrada en vigor de la obligatoriedad de la compra centralizada en la Red, dejando para abril de este año la creación del Documento Único de Contratación.

Contratos sujetos afectados por la Ley

El nuevo articulado afecta a todos los contratos de obras, servicios, suministros y contratos mixtos adjudicados por el Sector Público, lo que incluye a las Administraciones Públicas (Administración General del Estado, Comunidades Autónomas y Administraciones Locales). Del mismo modo, se engloban en ella otras instituciones, como las fundaciones públicas participadas al menos en un 50% por sujetos pertenecientes al sector público, las Universidades Públicas o las Mutuas colaboradoras con la Seguridad Social. Quedan excluidos los contratos en materia de Defensa y Seguridad derivados del Tratado de Funcionamiento de la UE o los basados en la investigación y desarrollo de un nuevo producto.

Beneficios de la contratación electrónica

La implementación de estas mejoras en los procedimientos con la Administración conlleva dos grandes beneficios: el ahorro de costes y una mayor transparencia. El incremento del control en los procesos de licitación que aporta la tecnología permite tanto la centralización de la información como su mejor encriptación mediante protocolos de seguridad. También facilita la eliminación de cualquier barrera física o geográfica que antes podía significar alguna clase de hándicap, así como un progreso en la eficiencia y agilidad de trámites burocráticos. Para las pymes, los beneficios son evidentes en ámbitos como la menor necesidad de acudir a oficinas públicas, el ahorro de papel, la posibilidad de satisfacer los requerimientos administrativos desde cualquier lugar, o poder verificar cada etapa de un procedimiento público de forma rápida. En definitiva, aumenta la garantía de veracidad y transparencia con la Administración, mientras se promueve la participación de la pequeña y mediana empresa en este tipo de procesos en igualdad de condiciones, fomentando el acceso gratuito a la información.

Principales novedades de la Ley

Aunque son muchas las novedades que incluye la nueva legislación, de cara a las pymes y autónomos conviene destacar algunas de ellas:

  • Los contratos que sean susceptibles de fraccionamiento se dividirán para facilitar la elección de las pymes y facilitar los procesos administrativos.
  • Las empresas con menos de cinco años de existencia no tendrán que acreditar trabajados realizados con la Administración Pública para optar a este tipo de contratos.
  • Desaparece el criterio de elección de mejor relación calidad-precio como factor decisivo, primando los servicios de eficiencia y calidad.
  • Todo contrato público deberá incorporar de manera transversal y preceptiva criterios sociales y medioambientales si guardan relación con el objeto del contrato. Las pymes y las empresas de economía social tendrán una mayor facilidad de acceso a estos procedimientos con la Administración.
  • Aquella empresa que desee trabajar con la Administración no deberá pagar tarde a sus proveedores, por lo que tendrá la obligación de depositar cada factura en un registro electrónico.
  • Se crea la Oficina Independiente de Regulación y Supervisión, dependiente del Ministerio de Economía, que se ocupará de garantizar la libre concurrencia y supervisará los contratos.
  • Se suprime la posibilidad de contratación sin publicidad, con el objetivo de favorecer la contratación con pymes y la prevalencia de la división en lotes.
  • Se limita la capacidad de la Administración para la adjudicación directa de contratos hasta 40.000 y 15.000 euros. En paralelo, se agilizan los procesos de adjudicación exprés para los contratos inferiores a 80.000 euros (en el caso de obras) y 35.000 euros para el resto de contratos.

Con estas y otras medidas, el regulador ha pretendido facilitar el acceso de las pymes a los procesos de contratación pública, fomentando su potencial de crecimiento e innovación, simplificando los trámites administrativos y contractuales, e instaurando el procedimiento electrónico. De este modo, cualquiera podrá supervisar una o diversas etapas de los mismos, lo que incrementa de un modo muy relevante la transparencia y la seguridad en las relaciones con el ámbito público.

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