21 mar 2017

El tsunami de los estibadores y los puertos españoles

Tsunami en los puertos españoles

La modificación obligada de la legislación portuaria española para hacerla compatible con el ordenamiento jurídico europeo ha puesto en pie de guerra a los estibadores que amenazan con provocar un auténtico tsunami en los puertos españoles con consecuencias dramáticas para la economía- el tráfico marítimo canaliza el 86 por ciento de nuestras importaciones y el 60 por ciento de las exportaciones- y para las empresas, obligadas a buscar puertos fuera de España con los consiguientes incrementos de los costos y tiempos de tránsito, e incluso de cuantiosas pérdidas de mercancías y negocio especialmente en el caso de productos perecederos, peligrosos y sensibles. De hecho los analistas estiman que sólo los nueve días de huelga convocados durante tres semanas pueden generar unas pérdidas estimadas en 500 millones de euros, a añadir a los ya perdidos por los paros encubiertos llevados a cabo, ilegalmente, en muchas instalaciones portuarias. Pero, al margen de los perjuicios económicos, este conflicto de los estibadores se enmarca más que en la lícita defensa de los derechos de los trabajadores, en una rebelión para mantener las privilegios que les confiere un monopolio de hecho cuya subsistencia es incompatible con el ordenamiento jurídico europeo, tal y como recoge la sentencia del Tribunal de Justicia de la UE de 11 de diciembre de 2014, que declara a la legislación española sobre trabajadores portuarios ?contraria a la libertad de establecimiento?, que consagra el artículo 49 del Tratado de Funcionamiento de la UE. Un sector este de la estiba que es el único en España que no está abierto a la libertad de contratación.  Al contrario, las empresas que operan en los puertos públicos no pueden contratar a los trabajadores que deseen sino exclusivamente a aquellos que formen parte de Sociedades Anónimas de Gestión de trabajadores Portuarios (Sagep). Con el agravante de que las empresas, además, están obligadas a participar con capital en las Sagep, por lo que su contribución es doble.

La rigidez de las normas

La rigidez en la normas de contratación y de negociación de las condiciones laborales que impone este peculiar sistema se ha traducido en una alarmante pérdida de competitividad por la coexistencia de salarios muy elevados con una muy baja productividad. De acuerdo con los datos del Registro Mercantil, un estibador español gana de medida 70.000 euros anuales, llegando en algunos casos hasta los 90.000. Unas retribuciones que hacen que el coste unitario de la mano de obra en los puertos españoles sea hasta cinco veces más caro que en el resto de los puertos de los países Mediterráneos, Francia e Italia entre ellos, con los que competimos. Ello para una media de 1.300 horas anuales de trabajo efectivo, mientras en cualquier otra actividad se sobrepasan las 1.800 horas anuales. Son argumentos de peso, a los que se suma el inapelable de la multa con la que Bruselas castigará a España si no procede a adaptar su legislación a la comunitaria. Una sanción superior a 20 millones de euros en función de las cantidades fijadas en la resolución de la Comisión Europea del pasado 13 de julio, que de tener que abonarse significará una merma importante de los recursos públicos. Es por esto que resulta difícil de entender que se quiera dejar sólo al Gobierno en este necesario cambio, porque ésta no es una cuestión de partidos, sino de Estado.
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