19 dic 2011

2011, un año lleno de novedades fiscales para las pymes

Llega el final del ejercicio y los temas fiscales siguen estando en el orden del día de la agenda de nuestra pyme. Los asesores tributarios están revisando las cuentas de las empresas para ver cómo se pueden aplicar deducciones y rebajar el peso de los impuestos en unos beneficios cada vez más menguantes. A lo largo del ejercicio se han ido acumulando nuevas normas y exigencias fiscales dentro de los planes anticrisis que ha puesto en marcha el Gobierno y es momento de desgranarlas. Entre las principales novedades, los expertos destacan los nuevos límites de ventas para aplicar el régimen especial de empresas de reducida dimensión o la generalización de la libertad de amortización de activos fijos nuevos hasta 2015. Los técnicos del Registro de Economistas Asesores y Fiscales (REAF) han elaborado una relación de 40 puntos esenciales para abordar la campaña del Impuesto de Sociedades de 2011.

Ventajas fiscales para ayudar a las pymes Las principales consideraciones positivas para el empresario son las relativas a la tipificación de empresa de reducida dimensión y los nuevos plazos de amortización:

Se mejoran los límites para tributar al 20% por el beneficio. En este año, las compañías que cierren con beneficios podrán aplicarse por los primeros 300.000 euros de base imponible (en 2010 solo hasta 120.202,41 euros) el tipo reducido del 20%. Para esto será necesario que su plantilla media se haya mantenido en los niveles de 2008. Los siguientes 300.000 euros se gravarán al tipo del 25%, y el exceso al tipo general del 30%.

Más facilidades para acogerse al régimen de empresas de reducida dimensión. Se incrementa de 8 a 10 millones de euros el límite de cifra de negocios para ser considerado empresa de reducida dimensión. En caso de superar esta cifra de ventas, el pequeño empresario podrá seguir acogiéndose durante otros 3 ejercicios si ya tributaba en este régimen anteriormente.

Libertad de amortización. Las sociedades que decidan invertir antes del 31 de diciembre en nuevos activos materiales o inversiones inmobiliarias, podrán amortizarlos libremente. De esta manera, los expertos de REAF señalan que podrán diferir en todo o en parte el Impuesto. Cuidado, Hacienda también guarda sorpresas amargas Pero no todo son ventajas. Las normas anticrisis también traen novedades tributarias con sabor amargo para el empresario. Entre las principales modificaciones los expertos destacan la deducción del fondo de comercio y la retención de los pagos a cuenta.

Límites para compensar pérdidas anteriores. Las empresas con facturaciones superiores a 20 millones de euros, en 2010, han visto cómo se limitaba la compensación de bases negativas de ejercicios anteriores. Por ello, tendrán que hacer mayores ingresos a cuenta, ya que el plazo de compensación de bases negativas aumenta de 15 a 18 años. Esto será aplicable tanto a las pérdidas fiscales de los ejercicios iniciados en 2011 como a las bases pendientes de compensar al principio de ejercicios iniciados en 2012, explican en REAF.

Menos deducción por el fondo de comercio. Las empresas que vienen deduciendo el fondo de comercio financiero de no residentes, en lugar de hacerlo al 5% anual, solo podrán hacerlo al 1%.

Curiosidades en deducciones. La deducción por innovación tecnológica se eleva del 8 al 12%, pero solo en ejercicios iniciados a partir del 6 de marzo de 2011. Asimismo es en estos ejercicios cuando se aplicará la deducción por inversiones en instalaciones medioambientales al 8%, siendo el porcentaje para ejercicios anteriores iniciados en 2011 de tan solo el 2%.

Se elevan los pagos fraccionados. El porcentaje de los pagos fraccionados en empresas cuya cifra de negocios llegue a 20 millones de euros, se ha incrementado al 24 ó al 27% (aplicando este último si la cifra de negocios alcanza 60 millones), frente al 21% que se aplicaba anteriormente. Según los asesores, esto provocará un menor pago o una mayor devolución al presentar la autoliquidación del Impuesto de Sociedades en 2011.

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