12 mar 2025

¿Qué son las garantías para licitaciones públicas?

Descubre cómo una garantía para licitaciones públicas puede potenciar tu negocio, asegurando confianza y seriedad en cada propuesta presentada. ¡No te lo pierdas!

Carlos Sánchez - Colaborador de Asesores de Pymes externo a Cesce

 

Las garantías para licitaciones públicas permiten asegurar que se llevará a cabo en tiempo y en forma lo acordado en este tipo de procesos. De este modo, suponen una tranquilidad para todas las partes implicadas y permiten afianzar este y otros procedimientos relacionados con la Administración.
Las licitaciones públicas son una serie de procedimientos administrativos en el que alguna institución de un Estado realiza una convocatoria pública y abierta para que los interesados que cumplan con una serie de requisitos puedan presentar sus distintas propuestas. De estas propuestas se designa aquella que finalmente se lleve la licitación pública bajo los criterios de eficiencia, honradez e integridad.
Entre las principales licitaciones públicas que existen una de las más habituales tiene que ver con la construcción y el desarrollo de una infraestructura, aunque también es frecuente las que están centradas en servicios como la logística o el transporte. Dentro de los requisitos que hay que cumplir para poder optar a una licitación pública está el de aportar una garantía. 
Las garantías o fianzas de una licitación pública permiten asegurar que las empresas que se van a ocupar de proveer el bien o el servicio cumplen con las condiciones previstas frente a la Administración. Las características principales de estas garantías están recogidas en la Ley de Contratos del Sector Público.
Es importante conocer los tipos de garantías que existen ya que, de este modo, es posible planificar con mayor antelación su solicitud y entender las coberturas que ofrece.


Tipos de garantías para licitaciones públicas

Habitualmente, se habla de tres principales tipos de garantías para las licitaciones públicas: las garantías provisionales, las garantías definitivas, y las complementarias.


Garantía provisional

Las garantías provisionales permiten asegurar el mantenimiento de la oferta por parte de los licitadores hasta que finalmente se adjudique el contrato. Por regla general, esta garantía no es mayor del 3% sobre el presupuesto base de licitación del contrato, excluido el IVA y lo normal es que sea devuelta cuando se adjudica definitivamente el contrato. Si se retira la oferta o si no se presenta la documentación pertinente es habitual que el órgano de contratación proceda a la incautación de esta garantía, en concepto de penalización. 


Garantía definitiva

Sirve para garantizar la formalización del contrato en plazo así como su correcta ejecución. Esta garantía se suele exigir con carácter general y su cuantía es de un 5% del precio final ofertado por los licitadores, excluido el IVA. 


Garantía complementaria

Suele ser adicional a la garantía definitiva, y puede exigirla el órgano de contratación en casos especiales siempre que esté especificado en los pliegos de cláusulas administrativas. Por ejemplo, puede solicitarse si se detectara alguna presunta anormalidad en relación a la oferta que se ha presentado para la licitación. La cuantía es posible que llegue a alcanzar el 5% del precio final ofertado por el licitador, excluido el IVA.


¿Cómo se construye y gestiona la garantía en un contrato público?

Para poder contratar este tipo de garantía la entidad emisora realiza un estudio previo tanto del potencial asegurado como del proceso de licitación. Además, de cara a poder estudiar y contratar esta póliza es necesario presentar la siguiente documentación:

  • Datos generales de la empresa y certificado de constitución.
  • Cuentas anuales oficiales.
  • Impuestos presentados y estado de pagos.
  • Experiencia en el sector para el que se requiere la póliza.
  • Proyectos anteriores.
  • Auditoría completa de los dos últimos y ejercicios. Individuales y consolidadas.
  • Avance del ejercicio actual firmado y sellado.
  • Cartera de obras o pedidos.

Si se decide ir hacia adelante, se firma entonces el contrato del seguro. En el caso de que todo haya ido correctamente, más adelante habrá que proceder a la devolución de las garantías:

  • Garantía provisional: Será devuelta a los licitadores inmediatamente después de la confección del contrato. Es decir, la garantía provisional se devolverá al licitador seleccionado como adjudicatario cuando haya constituido la garantía definitiva.
  • Garantía definitiva: No podrá ser devuelta hasta que se haya producido el vencimiento del plazo de garantía y cumplido satisfactoriamente el contrato de que se trate.

¿Qué medios se pueden utilizar para prestar estas garantías para licitaciones públicas?

Un seguro de caución técnica, como es el caso del específico para las licitaciones públicas, garantiza el cumplimiento de obligaciones contractuales y cubre las garantías requeridas por la Administración Pública, en este caso en relación a un proceso de licitación. Entre los medios que puede utilizar para prestar estas garantías están el efectivo o valores, el aval bancario o el propio contrato de seguro de caución.


¿Qué tipo de responsabilidades cubren las garantías de los contratos públicos?

Entre los principales cometidos de las garantías para licitaciones públicas cabe destacar:

  • Proteger a la Administración Pública.
  • Cubrir aquellos riesgos asociados al incumplimiento de las obligaciones de una licitación.
  • Responder a los potenciales económicos o de ejecución.
  • Garantizar el cumplimiento del contrato así como la ejecución en el plazo establecido.
  • Fomentar la seriedad de las ofertas.
  • Filtrar a posibles licitadores que no tienen intención real de cumplir.

 

 

Esta información se comparte en Asesores de Pymes por la relevancia para las empresas españolas. No necesariamente los productos y servicios que se recomiendan en este blog son ofrecidos por Cesce. Para conocer en detalle el portafolio de productos que ofrece la compañía, puede hacerlo entrando en cesce.es.

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